Sumario
Más allá de la clínica
2024, vol. 17, nº 3
Programa de identificación del riesgo psicosocial en la infancia y la adolescencia (VII). Factores personales (cont.): trata y explotación de la persona menor de edad (I)
Autores: Pérez Candás JI1, Valverde Benítez I2, Zabaleta Rueda A3, Grupo de Trabajo de Pediatría Social y Comunitaria AEPap g4
1 Pediatra Atención Primaria. Pediatra. Avilés. Principado de Asturias. España. Coordinador del Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap.
2 Pediatra Atención Primaria. Enfermero pediátrico. Granada. Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap. (España).
3 Pediatra Atención Primaria. Pediatra. CS Pasaia-San Pedro. Guipúzcoa. Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap. (España).
4 Ángel Carrasco Sanz (Pediatra), Antonio Gancedo Baranda (Pediatra), M.a de los Llanos Quirarte Torres (Pediatra), Ignacio Ledesma Benítez (Pediatra), M.ª de los Ángeles Ordóñez Alonso (Pediatra), Narcisa Palomino Urda (Pediatra), Begoña López Pis (Enfermera Familiar y Comunitaria), Raquel Páez González (Pediatra), José Ignacio Pérez Candás (Pediatra) Coordinador, Manuela Sánchez Echenique (Pediatra), Aitor San Martín Sagarzazu (MIR Pediatría), Eva Suárez Vicent (Pediatra), Ignacio Valverde Benítez (Enfermero Pediátrico), Ainhoa Zabaleta Rueda (Pediatra)..
1 Pediatra Atención Primaria. Pediatra. Avilés. Principado de Asturias. España. Coordinador del Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap.
2 Pediatra Atención Primaria. Enfermero pediátrico. Granada. Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap. (España).
3 Pediatra Atención Primaria. Pediatra. CS Pasaia-San Pedro. Guipúzcoa. Grupo de Pediatría Social y Comunitaria de la AEPap. (España).
4 Ángel Carrasco Sanz (Pediatra), Antonio Gancedo Baranda (Pediatra), M.a de los Llanos Quirarte Torres (Pediatra), Ignacio Ledesma Benítez (Pediatra), M.ª de los Ángeles Ordóñez Alonso (Pediatra), Narcisa Palomino Urda (Pediatra), Begoña López Pis (Enfermera Familiar y Comunitaria), Raquel Páez González (Pediatra), José Ignacio Pérez Candás (Pediatra) Coordinador, Manuela Sánchez Echenique (Pediatra), Aitor San Martín Sagarzazu (MIR Pediatría), Eva Suárez Vicent (Pediatra), Ignacio Valverde Benítez (Enfermero Pediátrico), Ainhoa Zabaleta Rueda (Pediatra)..
Artículo cedido y publicado en el apartado sobre Violencia en la Infancia y la Adolescencia de la página web del Ministerio de Sanidad.
El medio mejor para hacer buenos a los niños es hacerlos felices.
Oscar Wilde
PUNTOS CLAVE
- La trata y la explotación infantil son problemas graves y preocupantes a nivel mundial. Estas prácticas violan los derechos fundamentales de los niños y niñas y tienen consecuencias devastadoras para su bienestar físico, mental y social.
- Los datos epidemiológicos son variables, ya que la notificación, uno de los medios de comunicación más importante, es infrautilizada y subestimada por los profesionales. Por tanto, vislumbrarlos es un desafío para tomar posición en su conocimiento y actuar en consecuencia.
- Todo el tráfico ilícito de las personas menores de edad, y una proporción significativa de la trata de estas, ocurre en el contexto de la migración infantil.
- Respecto a España, aunque no se conocen datos fiables que aproximen a esta trágica realidad, los casos que se detectan muestran a personas menores de edad a las que se obliga a prostituirse, a mendigar o a cometer delitos. También pueden ser presa de redes internacionales que las utilizan para trabajar, en adopciones ilegales o incluso para tráfico de órganos.
- La Organización Internacional del Trabajo (OIT) describe el trabajo infantil como "trabajo que priva a los niños de su infancia, potencial y dignidad, y que es perjudicial para el desarrollo físico y mental”.
INTRODUCCIÓN
Dentro de los factores personales del riesgo psicosocial, el último apartado que abordaremos lo componen los determinantes ligados al maltrato infantil. No abordaremos las formas clásicas ligadas al entorno familiar, que ya han sido tratadas en esta revista, y por ello remitimos a las personas interesadas a hacer una revisión del material publicado. Abordaremos aquellas que pueden estar o no en relación con el entorno familiar y que están englobadas en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI)1 y también recogidos en el Protocolo común de actuación sanitaria frente a la violencia en la infancia y la adolescencia2.
Estos determinantes del riesgo que vamos a ir abordando en los siguientes capítulos son:
- Trata y explotación infantiles.
- La sumisión y/o vulnerabilidad química.
- Agresión a adolescentes por objeto punzante (“pinchazo”).
- El acoso entre personas menores de edad, y sobre todo el acoso escolar (factor sociocultural).
- El ciberacoso (factor sociocultural).
- La difusión pública de datos o materiales audiovisuales privados o que afecten a la intimidad.
- La violencia de género.
- La mutilación genital (factor sociocultural).
- El matrimonio forzado y el matrimonio infantil.
- Situaciones de riesgo en el embarazo. Maltrato prenatal.
- Violencia ejercida en las instituciones.
La primera forma de maltrato que abordaremos en relación con la LOPIVI es la trata y explotación infantil, que son problemas graves y preocupantes de salud pública a nivel mundial. Estas prácticas violan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes (NNA) y tienen consecuencias devastadoras para su bienestar físico, mental y social.
A nivel mundial, la trata y explotación infantil no son solo formas de delincuencia organizada que afectan a todas las regiones del mundo, sino que también pueden presentar otras tipificaciones más singulares que se expondrán a lo largo del documento y aún más difíciles de detectar3.
MARCO LEGAL
La definición aceptada internacionalmente para la trata se encuentra en el Artículo 3(a) del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional4 conocido como Protocolo de Palermo o Protocolo contra la trata. El protocolo debe ser interpretado en el marco general de la Convención sobre los Derechos del Niño en su integridad, como prevé el Artículo 35 de la Convención5: “por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.
La trata de seres humanos en España se contempla conforme a lo dispuesto en el Artículo 177 bis del Código Penal6, que precisa que pueden ser formas de trata:
- La imposición de trabajo o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad.
- La explotación sexual, incluida la pornografía.
- La explotación para realizar actividades delictivas.
- La extracción de sus órganos corporales.
-
La celebración de matrimonios forzados (Tabla 1).
Tabla 1. Formas de trata más comunes en personas menores de edad. Mostrar/ocultar
En el mismo artículo se hace referencia a que existe una situación de necesidad o vulnerabilidad cuando la persona en cuestión no tiene otra alternativa que someterse al abuso.
En el apartado 3 se hace alusión a que el consentimiento de una víctima de trata de seres humanos será irrelevante cuando se haya recurrido a alguno de los medios indicados en el apartado primero. Cuando la conducta se refiera a una persona menor de edad, se considerará trata aun cuando no se haya recurrido a ninguno de los medios enunciados. Se entenderá por víctima de trata de seres humanos cualquier persona física de la que existan indicios de que haya sido objeto de la conducta descrita en los apartados anteriores, aun cuando la explotación no se haya consumado y con independencia de la existencia de denuncia por parte de la víctima potencial.
Son particularmente vulnerables las personas menores de edad. Otros factores que resaltar de riesgo son el sexo, el estado de gestante, las adicciones, el estado de salud y/o la discapacidad.
La trata sexual infantil se diferencia de la violencia sexual en que el tráfico sexual implica actos sexuales comerciales con otros en beneficio del traficante, ya sean bienes financieros o físicos intercambiados por actos sexuales.
La explotación infantil se refiere a la utilización de NNA con fines diversos, incluyendo la trata, pero también otras formas de maltrato, siendo el más común a nivel mundial el trabajo infantil. Este es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como "trabajo que priva a los niños de su infancia, potencial y dignidad, y que es perjudicial para el desarrollo físico y mental”7. No todas las tareas realizadas por los NNA deben clasificarse como trabajo infantil. Por lo general, la participación de los niños, niñas o adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal, ni interfieren con su escolarización, se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboración en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar un dinero extra. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los pequeños y el bienestar de la familia, les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayudan a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta (Tabla 2)8.
Tabla 2. Diferencias entre trata y explotación infantiles. Mostrar/ocultar
En España la legislación establece que un niño solo puede realizar trabajo retribuido a partir de los 16 años. En otros países el límite es 14 años (Tabla 3).
Tabla 3. Formas de explotación más comunes de las personas menores de edad. Mostrar/ocultar
EPIDEMIOLOGÍA
Según el Informe Mundial sobre la Trata de Personas de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)9, en los últimos 15 años, entre las víctimas detectadas por trata, más del 30% son menores de edad. El porcentaje de NNA, mayormente utilizados para trabajos o servicios forzados, pasó del 3% al 15%; en el caso de las niñas, tratadas con fines de explotación sexual, pasó del 10% al 19%. Esta situación se debe, en parte, a la tolerancia social de estos delitos en ciertos entornos.
Según dicho informe, son más de 50 000 las víctimas de trata detectadas en 2018. Además, hay una clara tendencia de los tratantes para aprovechar las múltiples vulnerabilidades, como la migración y el desempleo, incrementadas aún más por la recesión económica mundial inducida por la COVID-19, que ocasionó la pérdida de empleo e ingresos en las familias y el cierre de las escuelas.
Todo el tráfico ilícito de NNA, y una proporción significativa de la trata de personas menores de edad, ocurre en el contexto de la migración infantil, que se puede relacionar con la propia globalización, que trae consigo los movimientos transfronterizos. Las personas menores de edad, incluidos los que están solos y los acompañados por miembros de la familia, constituyen un porcentaje creciente de migrantes irregulares en todo el mundo. Si bien los movimientos transfronterizos de NNA son difíciles de medir, los datos de numerosas organizaciones y gobiernos ilustran la magnitud del problema. Las estadísticas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) (2016)10 muestran que más de la mitad de los refugiados del mundo son personas menores de edad. Datos recopilados de diferentes regiones por UNICEF (2017)11, por ejemplo, describen como alrededor de 100 000 personas menores de edad no acompañadas fueron detenidas en la frontera de Estados Unidos y México, y 170 000 NNA solicitaron asilo en Europa.
Naciones Unidas, la Organización Internacional para las Migraciones y la Organización Internacional del Trabajo coinciden en señalar la mayor prevalencia de la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual en situaciones de prostitución forzada, así como en otros contextos relacionados con la industria comercial del sexo: pornografía, centros de masaje, chats y webs eróticos, entre otros. No obstante, aún permanecen ocultas otras finalidades de explotación como son el trabajo doméstico, la mendicidad, la trata para criminalidad forzada y para matrimonios forzados3.
En 2022 en España, por lo que respecta a la trata y explotación, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad identificaron un total de 1180 víctimas, de las cuales 26 eran menores de edad (16 niñas y 10 niños). Destaca que casi tres de cada cuatro víctimas de trata o explotación sexual tienen origen latinoamericano, principalmente de Colombia. Del total de las víctimas, 627 (53%) eran mujeres y 553 (47%) fueron hombres, principalmente de Colombia en el ámbito sexual y de Marruecos en el ámbito laboral12.
A pesar de la situación descrita, existe un notable bajo nivel de notificación debido a las dificultades para identificar a las víctimas, entre otras causas por la vergüenza de estas, el miedo a las autoridades, el sentimiento de culpa y el control por parte de los traficantes. Además, dada la naturaleza ilegal del tráfico, las víctimas suelen quedar aisladas de quienes pueden ayudarlas. Así, los datos indican que las víctimas identificadas representan solo una pequeña fracción del total de personas sometidas a trata13.
Por todo ello, estas cifras, con alta probabilidad, no se corresponden con los informes de aproximación a la realidad que desvelan entidades privadas.
Así, en un informe que se conoce como Cultura de Datos en la Trata de Seres Humanos sobre la realidad de las cifras ocultas de trata en España, realizado por el Instituto Universitario de Estudios sobre Migraciones (IUEM) de la Universidad Pontificia Comillas y UNICEF3 y publicado en el año 2022, se describe que la proporción de personas menores de edad registradas por el Ministerio del Interior apenas alcanzaba el 2% del total de las 269 víctimas de trata identificadas en 2020. Esto no coincide ni con la realidad que describen las propias víctimas ni con lo que reflejan los medios de comunicación. En el informe se hace notar que “este porcentaje dista bastante de la tasa media europea que entre 2017 y 2018 estaba en un 32%, o con la tasa de reconocimiento de los países vecinos para este mismo periodo, el 29% en Portugal (65 menores de un total de 224 víctimas) y el 28% en Francia para este mismo periodo (796 víctimas de un total de 2846 personas)”. El informe, tras un riguroso estudio, estima cuántas víctimas de trata permanecen invisibles ante las autoridades y la sociedad en general. Estas personas que nunca formarán parte de las estadísticas se pudieron evidenciar a través de la estimación de sistemas múltiples, concluyendo que:
- Por cada mujer víctima de trata observada, se estima que hay 2,5 sin observar.
- Por cada niño o niña víctima de trata observada, se estima que hay 5,7 sin observar.
- Por cada hombre víctima de trata observado, se estima que hay 9,2 sin observar.
España continúa siendo un país de tránsito y destino de la trata de seres humanos debido, en parte, a su situación geográfica, por la cercanía con África, y a los lazos culturales con Latinoamérica, lo que la hace un destino atractivo para las redes de trata y explotación de seres humanos. La trata en España ha evolucionado de manera significativa en los últimos años, gracias a una notable mejora en la identificación, la detención temprana, prevención y persecución del delito, la protección y asistencia a sus víctimas, y la cooperación y coordinación interinstitucional a nivel nacional e internacional. El Grupo de Expertos en la Lucha contra la Trata de Seres Humanos del Consejo de Europa (GRETA) ha reconocido esta evolución en su informe elaborado con motivo de la Tercera Ronda de Evaluación a España, aprobado en la 32.ª reunión del Comité de las Partes el 16 de junio de 202312.
Respecto de la explotación infantil, las cifras a nivel mundial son muy inquietantes, sobre todo en lo referente a la explotación infantil en el terreno laboral. Un informe conjunto de la OIT y UNICEF titulado Trabajo infantil. Estimaciones mundiales 2020, tendencias y el camino a seguir14 informa de que el número de niños en situación de trabajo infantil se eleva actualmente a 160 millones en todo el mundo, y varios millones de niños más se encuentran en situación de riesgo debido a los efectos económicos, entre otros, que han incrementado la precariedad provocados por la COVID-19. El informe pone de relieve que los avances para erradicar el trabajo infantil se han estancado por primera vez desde hace 20 años. Destaca un aumento sustancial de los niños de 5 a 11 años afectados, que representan más de la mitad del total. La mayoría de ellos trabajaban en circunstancias que les niegan una infancia de acuerdo con sus necesidades y ponen en peligro su salud. Es el sector agrícola (70%) el que más empleo infantil absorbe, seguido del sector de los servicios (20%). El trabajo infantil es más frecuente entre los niños, pero, si se consideran las tareas del hogar, la brecha de género se reduce.
Las estadísticas disponibles muestran que el 96 % de los NNA trabajadores se encuentran en África, Asia y América Latina. El número de NNA de 5 a 17 años que realizan trabajos peligrosos, es decir, todo trabajo que es susceptible de dañar su salud y seguridad ha aumentado en 6,5 millones desde 2016, hasta alcanzar los 79 millones en el año 202014.
España ocupa el puesto decimotercero a nivel mundial en la clasificación de Save the Children en su Índice de la infancia robada (2019)15, que mide diez factores que ponen en peligro la infancia. En su informe, destacan como las decisiones políticas son más influyentes que la riqueza nacional en la clasificación y describen cómo, aunque hay un notable avance desde el año 2000, aún quedan muchos desafíos por delante.
A nivel estatal, el trabajo infantil, según este informe, no es un problema relevante, pero hay que añadir que conviene estar atentos a la población inmigrante. Sus vulnerabilidades y precariedades económicas les pueden obligar a tomar decisiones complicadas en estos aspectos. Otro factor que influye es su punto de vista cultural, porque, en ocasiones, provienen de países donde el trabajo infantil no está erradicado. También deben tenerse muy presentes los migrantes temporeros que acuden a tareas agrícolas con toda la familia y que pueden provenir de países en los que el trabajo infantil es común16.
FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL PARA LA TRATA Y/O EXPLOTACIÓN EN LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Hay diversas situaciones de los NNA, y de sus familias, que les hacen más vulnerables a la trata y explotación. Entre otras, las siguientes:
- Situación de desamparo o abandono. Personas menores de edad que han experimentado la falta de cuidado parental, o han sido abandonados, pueden ser más vulnerables13-19.
- Historial de maltrato. Los NNA que han experimentado abuso sexual o negligencia u otras formas de maltrato en el hogar pueden estar en mayor riesgo de ser víctimas de tratantes13-19.
- Problemas diversos y/o conflictos familiares. NNA que provienen de entornos familiares conflictivos o disfuncionales pueden buscar apoyo o refugio en contextos que los expongan al riesgo de trata13-19.
- Problemas económicos. La pobreza y la falta de recursos económicos en el hogar pueden llevar a las personas menores de edad a situaciones donde son más susceptibles de ser explotadas13-19.
- Desconocimiento o falta de educación sobre el riesgo. Las personas menores de edad que carecen de educación y conciencia sobre el riesgo de trata sexual pueden ser más propensas a caer en situaciones de explotación. Tanto es así que una de las mayores dificultades en su detección es que, al inicio de la trata, la persona infractora pudo haber realizado una labor de acercamiento progresivo a la persona menor de edad mediante grooming (una práctica en la que un adulto se hace pasar por NNA en internet o intenta establecer un contacto con personas menores de edad que dé pie a una relación de confianza, pasando después al control emocional y, finalmente, al chantaje con fines sexuales). En estas situaciones, la víctima, por la edad o porque tienen interiorizado el concepto del amor romántico, puede no ser consciente de cómo están abusando de su cuerpo y traficando con él13-19.
- Trastornos de salud mental o adicciones. Las personas menores de edad con trastornos de salud mental, adicciones o vulnerabilidades emocionales pueden ser más susceptibles a ser manipuladas por tratantes13-19.
- Inmigrantes y refugiados. Las personas menores de edad migrantes o refugiados pueden enfrentar circunstancias que los hacen más vulnerables, como la falta de redes de apoyo y desconocimiento del idioma y las leyes locales. Es de destacar el elevado número de menores no acompañados en toda la Unión Europea y también en España que por ello podrían estar en riesgo13-19.
- Adolescentes sin domicilio fijo. Adolescentes que viven en la calle o en situaciones precarias pueden estar más expuestos a la explotación sexual como una forma de supervivencia13-19.
- Falta de documentos de identificación. La carencia de documentos de identificación o la posesión de documentos falsos o alterados también constituyen un factor muy importante de riesgo13-19.
- Personas menores de edad institucionalizadas. Es decir, personas menores de edad que están ingresadas en instituciones a cargo de alguna organización del Estado.
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